CLAUSTRO DE PROFESORES (Art. 75 RRI)
El Claustro de Profesores, es el órgano propio de participación del profesorado del Centro. Forman parte del mismo todos los profesores de enseñanzas curriculares del Centro y los orientadores.
Sus competencias son:

  • Participar en la elaboración del Proyecto Educativo del Centro propuesto por la Entidad Titular, así como en la Programación General Anual, en la evaluación del centro, el Plan de Normalización lingüística y las actividades complementarias y extraescolares.
  • Elaborar, aprobar y evaluar, bajo las directrices del Equipo directivo, las concreciones curriculares de la etapa correspondiente.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
  • Ser informado sobre las cuestiones que afecten a la globalidad del Centro.
  • Fijar y coordinar los criterios sobre evaluación y adaptaciones curriculares de los alumnos/as, así como determinar los criterios de promoción a las etapas correspondientes.
  • Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar.
  • Proponer al Equipo Directivo cuantas iniciativas se estimen adecuadas para el buen funcionamiento de la acción educativa.