Las ayudas al estudio individualizadas son las siguientes:
c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje.
Asimismo, podrán solicitar las ayudas los alumnos con TEA y los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades.
Las clases y cuantías de las ayudas y subsidios se determinan en el art. 7 de la Resolución de 12 de abril de 2024.
El enlace al texto de la convocatoria es el siguiente: